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Constitución Artículo 76 bis A Estado de Sinaloa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/09/2026

Constitución Sinaloa
Artículo 76 bis A.

Se crea la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, la cual tendrá nivel de Vicefiscal General; el Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción será designado y removido por el Fiscal General del Estado. El nombramiento y remoción podrán ser objetados por el Congreso del Estado por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, en el plazo que fije la Ley, si el Congreso del Estado no se pronunciare en este plazo, se entenderá que no tiene objeción. 



Estado de Sinaloa Artículo 76 bis A Constitución
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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